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«Ley de nietos» y el 29-N: por qué 163.020 nacionalizados pueden quedarse sin votar

El Supremo suspendió de forma cautelar su inscripción en el censo de españoles en el extranjero y ha dado al Gobierno hasta el miércoles a las 15.00 para entregar la lista con sus nombres. Qué dice la ley, quién sí puede votar y qué pasa con los votos.

Redacción··Actualizado

Fachada principal del edificio del Tribunal Supremo, en el antiguo convento de las Salesas Reales de Madrid
Foto: Javier Perez Montes · Wikimedia Commons · CC BY-SA 4.0

El Tribunal Supremo ha dado de plazo hasta las 15.00 del miércoles 28 de octubre a los ministros de Presidencia y Justicia, Félix Bolaños, y de Exteriores, José Manuel Albares, para que le entreguen la lista con los nombres de las 163.020 personas nacionalizadas por la llamada «ley de nietos» que pueden quedarse sin votar en las elecciones del 29 de noviembre. La lista tiene que llegar también a la Junta Electoral Central y a la Oficina del Censo Electoral (Tribunal Supremo). Si no la entregan, el tribunal podrá imponer a cada ministro una multa coercitiva de 1.000 euros, que puede repetir hasta que cumplan, o deducir testimonio para exigir la responsabilidad penal que pudiera corresponder (auto del 23 de octubre).

Qué es la «ley de nietos»

Es el nombre con el que se conoce la disposición adicional octava de la Ley de Memoria Democrática, de 2022. Permite optar a la nacionalidad española a los nacidos fuera de España de padre o madre, abuelo o abuela, que fueron españoles de origen y que perdieron la nacionalidad o renunciaron a ella por haber sufrido exilio por razones políticas, ideológicas, de creencia o de orientación e identidad sexual. También pueden pedirla los hijos mayores de edad de quienes la obtuvieron por esa vía (BOE).

La cifra de 163.020 es la que dio el Abogado del Estado: son las personas nacionalizadas por la primera de esas vías que están inscritas en el censo de españoles residentes en el extranjero (CERA) (auto del 23 de octubre).

Qué ha decidido el Supremo

El caso empezó con dos recursos contra un acuerdo de la Junta Electoral Central del 16 de julio sobre la inscripción de estas personas en el CERA. Según la prensa, los presentaron la asociación Iustitia Europa y Vox, las dos partes que el Supremo cita en sus notas (Tribunal Supremo). El 8 de septiembre, el tribunal anunció que aceptaba la medida cautelar que pedían los recurrentes (Tribunal Supremo), en autos con fecha del 10.

La medida afecta al censo, no a la nacionalidad. Quienes se nacionalizaron por la primera vía de la ley y aún no estaban en el CERA no pueden inscribirse, y a los que ya lo estaban se les suspenden los efectos electorales de esa inscripción en las generales del 29 de noviembre. El 12 de octubre, el Supremo rechazó el recurso de la Abogacía del Estado, en nombre de la Administración y del INE, y confirmó la medida (Tribunal Supremo). Es una medida cautelar: el procedimiento principal sigue abierto. Los autos llevan el voto particular de una de las seis magistradas y magistrados de la Sección (Tribunal Supremo).

Quién sí puede votar

La suspensión no se aplica a quienes tengan un certificado del registro consular que acredite que, a 1 de agosto de 2026, cumplían lo que dice la ley: que descienden de españoles que sufrieron exilio. Para expedirlo no vale la presunción que fijó la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública en su instrucción del 25 de octubre de 2022 (Tribunal Supremo). Esa instrucción dice: «Se presumirá la condición de exiliado respecto de todos los españoles que salieron de España entre el 18 de julio de 1936 y el 31 de diciembre de 1955». En esos casos había que acreditar la salida de España (BOE).

A 21 de octubre se habían revisado 31.390 expedientes y se habían expedido 91 certificados, según los informes que el Abogado del Estado entregó al Supremo (auto del 23 de octubre).

Qué pasa con la documentación y con los votos

Todos los inscritos en el CERA pueden recibir la documentación electoral entre el 24 y el 30 de octubre. Los nacionalizados por esta vía la recibirán con una advertencia: estar en el censo no significa que puedan votar si no tienen el certificado (auto del 23 de octubre).

Si una persona no aparece en el listado que prepare la Oficina del Censo Electoral, el consulado recibirá su documentación electoral y la guardará aparte, fuera de la urna. En el escrutinio, las juntas electorales provinciales solo meterán en la urna los sobres de quienes estén en ese listado (auto del 23 de octubre).

La lista del miércoles

El Supremo dice en su auto que resulta «incomprensible» que no se le haya entregado ya la lista (auto del 23 de octubre). Albares explicó este lunes en RNE que Exteriores solo tenía cifras estadísticas, sin nombres, y que hay que revisar los expedientes «uno por uno». Los consulados pueden permanecer cerrados hasta el miércoles «para cualquier otra tarea distinta» a esa. Rechazó que la decisión del Supremo sea una injerencia: «No veo injerencia electoral» (El Periódico). «Se está terminando el proceso para poder cumplir con lo que nos solicita el Supremo», dijo también (Europa Press, en La Región).

El Constitucional y los hijos de los afectados

El Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, recurrió en amparo al Tribunal Constitucional. Según fuentes jurídicas citadas por RTVE, el pleno no lo admitió el 21 de octubre, por diez votos a dos, por considerarlo «prematuro», ya que «continúa abierta la vía judicial previa en la Sala Tercera del Tribunal Supremo». El Gobierno destacó que esa decisión se limita a «motivos procedimentales» y no aborda «el fondo de la cuestión».

Los autos del Supremo se refieren a la primera vía de la ley, no a los hijos de quienes se nacionalizaron por ella. Según El Mundo, que cita a fuentes del proceso electoral, esos hijos sí podrán votar. Vox dice que ha pedido al Supremo que la suspensión llegue también a ellos. «Hemos pedido se amplíe esa lista con 190.000 más, los hijos de estos», dijo Jorge Buxadé en una entrevista recogida por Hispanidad. No consta que el Supremo se haya pronunciado. Fuentes de Exteriores respondieron a El Mundo: «El Ministerio cumple y cumplirá la legislación vigente y las indicaciones de las autoridades competentes».

Qué dice cada partido de la suspensión del voto

  • PPA favor

    Exige al Gobierno que cumpla lo que ha ordenado el Supremo y lo acusa de una «conducta pasiva y obstruccionista». Su secretario general, Miguel Tellado, se lo requirió por burofax a Exteriores.

    «Advertimos de que en caso de incumplimiento vamos a exigir todas y digo todas las responsabilidades de quien corresponda, también las penales»

    Alma Ezcurra, vicesecretaria de Coordinación Sectorial del PP · declaraciones, 20-10 · The Objective (Europa Press)

  • PSOEEn contra

    No comparte la suspensión, pide al Supremo que resuelva «cuanto antes» y acusa al PP de «arrastrar» al tribunal en su «cruzada contra el derecho de voto de miles de personas».

    «El peligro no fue ni es ni podrá ser votar, el peligro es que peligre el voto»

    Rebeca Torró, secretaria de Organización del PSOE · Conferencia Política del PSPV-PSOE, 19-9 · The Objective

  • VoxA favor

    Pide al Supremo que la suspensión llegue también a los hijos mayores de edad de los afectados, que según la ley pueden nacionalizarse por ser hijos suyos. Dice que presentó un escrito el viernes.

    «Hemos pedido se amplíe esa lista con 190.000 más, los hijos de estos.»

    Jorge Buxadé, eurodiputado de Vox · entrevista en Andalucía Información, 26-10 · Hispanidad

  • Frente AmplioEn contra

    Ve en la suspensión una «cuestión gravísima» y una voluntad de «determinados poderes judiciales» de «alterar el censo electoral». Cree que a los consulados les costará mucho cumplirla.

    «operación para quitar el voto a ciudadanos que son de pleno derecho»

    Ernest Urtasun, ministro de Cultura (Sumar, en el Frente Amplio) · declaraciones en Barcelona, 21-10 · Catalunya Press

  • PodemosEn contra

    Habla de una «vulneración de derechos fundamentales absolutamente flagrante» y sostiene que el Supremo ha «robado el derecho a voto» a descendientes de exiliados.

    «no hay ningún precepto legal que permita quitarle a un nacional español su derecho al voto»

    Ione Belarra, secretaria general de Podemos · rueda de prensa en el Congreso, 13-10 · Europa Press (en Infobae)

Cada partido, con sus palabras y su fuente. Salen los cinco de ámbito estatal con más escaños y los que sean protagonistas del tema. Cómo lo hacemos. Logotipos: Wikimedia Commons, libres de derechos.

Si tienes que votar desde el extranjero o por correo, los plazos y los pasos están en esta guía.

Actualizada el 26 de octubre a las 19.27 con lo que dice cada partido de la suspensión del voto.

Fuentes de esta noticia

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Fuente de los datos: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.

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