Impuestos

SMI de 2027 sin IRPF: lo que dice el Gobierno y lo que tendría que cambiar

La portavoz del Gobierno asegura que el salario mínimo seguirá sin tributar tras la subida de 2027. Hoy lo cubre una deducción con cifras fijas en la ley del IRPF.

Redacción·

Edificio de oficinas acristalado del Ministerio de Economía y Hacienda, en Madrid
Foto: U1601p · Wikimedia Commons · CC BY-SA 4.0

El salario mínimo seguirá sin pagar IRPF después de la subida de 2027. Lo dijo este lunes la portavoz del Gobierno, Elma Saiz, en la Cadena SER: «Vamos a seguir con este compromiso de seguir subiendo el SMI y que siga estando exento de tributación», según recoge EFE. Saiz añadió que la comisión de expertos que estudia la subida ya está convocada y tiene que dar sus recomendaciones.

Trabajo no ha dado todavía una cifra para 2027 (Demócrata). CCOO y UGT piden una subida de al menos el 7 %, según Artículo 14.

Cuánto es hoy el salario mínimo

En 2026 son 1.221 euros al mes (40,70 euros al día) y no menos de 17.094 euros al año, según el Real Decreto 126/2026, publicado en el BOE el 19 de febrero. Fue una subida del 3,1 %, la que recomendó la comisión de expertos en diciembre de 2025.

Por qué hoy no paga IRPF

Técnicamente no es una exención. Lo que hay es una deducción que se resta de lo que sale a pagar en la declaración. La fijó el Real Decreto-ley 5/2026, con efectos desde el 1 de enero de 2026, en la ley del IRPF:

  • Con un sueldo bruto anual de hasta 17.094 euros, la deducción es de 590,89 euros.
  • Por encima de esa cifra va bajando, y a partir de 20.048,45 euros ya no hay deducción.
  • Solo vale si el resto de las rentas, sin contar las exentas, no pasa de 6.500 euros al año.

Esas cantidades están escritas en euros en la ley. Si el salario mínimo de 2027 supera los 17.094 euros al año y no se tocan esas cifras, quien lo cobre tendrá menos deducción que ahora. Fuentes de Hacienda citadas por Europa Press dicen que esa reforma no tiene fecha: «Eso tiene que venir después de que se suba el SMI» (Idealista).

Cómo se puede cambiar con las Cortes disueltas

Las Cortes están disueltas hasta las elecciones del 29 de noviembre. El Gobierno puede aprobar un decreto ley «en caso de extraordinaria y urgente necesidad», que el Congreso tiene que convalidar en los treinta días siguientes (artículo 86 de la Constitución). Con las cámaras disueltas, esa convalidación la hace la Diputación Permanente, que sigue funcionando hasta que se constituyan las nuevas Cortes (artículo 78). La otra vía es esperar a la nueva legislatura.

Fuentes de esta noticia

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Fuente de los datos: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.

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